Forex-Brokers sin sucursal en España
La CNMV vigila las prácticas de los Brokers sin sucursal en España y podría dificultar que muchos de ellos continúen operando en nuestro país.
Agosto 2020
– Broker sin sucursal en España
Numerosos Broker de la Unión Europea, sobre todo con sede en Chipre, están inscritos en la CNMV como empresas de servicios de inversión extranjeras en régimen de libre prestación de servicios, para realizar actividades relativas a la recepción y transmisión de órdenes de clientes en relación con uno o más instrumentos financieros. Esto es, plataformas de Trading que, generalmente, operan en Forex.
Estas entidades, se dirigen al mercado español, sin tener una sucursal en España, ofreciendo sus servicios en régimen de libre prestación de servicios, lo que quiere decir que no cuentan con una estructura permanente y una actividad continuada en España. A pesar de esto, nos encontramos con que muchas de estas empresas tienen una actividad permanente en España y se dirigen expresamente al mercado español.
Los brokers que tengan una actividad permanente y continuada en España, deberían de prestar sus servicios mediante un agente autorizado o bien abrir una sucursal.
Si a esto le sumamos que las malas prácticas, que muchas de estas empresas utilizan, -tales como asesoramiento, exceso de apalancamiento, falta de información, ocultación de la condición de creadores de mercado y del conflicto de intereses- parece lógico que la CNMV quiera limitar la actividad de estas empresas en España, tal y como se hace eco el artículo de “CincoDías”
Colaboración entre la CNMV y otros reguladores
Para poner coto a estas empresas, la CNMV se encontrará con una regulación comunitaria que encomienda a cada país miembro las facultades para emitir la autorización para operar. Esto es, las autoridades de Chipre autorizan al Broker y después a solicitud del Broker comunican a la CNMV la misma. Ante esto la CNMV las inscribe en régimen de libre prestación de servicios (es su obligación). Por tanto, la CNMV para poner coto a las malas prácticas tendrá que colaborar con el resto de reguladores europeos y hacer valer que es necesario prestar servicios por medio de un agente autorizado o bien mediante sucursal.
Fdo. Felipe Martín López
Socio Director Trader & Justicia Abogados
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